Rescates de Fondos de Pensiones

Los fondos de pensiones son habitualmente uno de los instrumentos de ahorro e inversión que tienen mayores restricciones a la hora de cuándo y cómo se puede acceder a ellos, porque gozan de ventajas fiscales que están pensadas específicamente para ayudar a la capitalización de la jubilación. Los estados que ofrecen esas ventajas incluyen restricciones para que dichas ventajas solo se puedan disfrutar cuando los fondos se destinan a dicho fin. Como consecuencia, es posible que el expatriado formase en su día alguno de estos fondos en su país de origen, y que los haya tenido que “dejar atrás”, todavía en dicho país. En este artículo vamos a hablar de cómo podría el expatriado rescatar esos fondos de pensiones que permanecen fuera de Estados Unidos.

¿Cuándo se puede rescatar un fondo de pensiones?

Cada país tiene sus reglas a este respecto. En Estados Unidos puedes rescatar un fondo de pensiones cuando quieras, sin necesidad de aportar ninguna documentación. El único problema es que si lo haces antes de determinada edad tienes una penalización fiscal. En otros países, en general, se puede rescatar un fondo sólo al llegar a la edad de jubilación o cuando se dan algunas circunstancias especiales. En el caso de España serían las siguientes:

Adicionalmente, hay una serie de supuestos que permiten acceder a la liquidez del fondo con unas limitaciones en casos de desempleos de larga duración y enfermedades graves. Existe un último caso que es un cambio reciente en la legislación y que creo es que el que más va a interesar a los expatriados. Se denomina Liquidez por antigüedad de las aportaciones, y consiste en que podrás rescatar todas las participaciones del fondo que tengan una antigüedad de más de 10 años. El expatriado aportó a dicho fondo de pensiones durante un tiempo, mientas vivía en España (o su país de origen), pero probablemente dejó de hacer nuevas aportaciones tras la expatriación. Así que si llevas algunos años en EE.UU. es posible que todo o parte de tu fondo de pensiones sea rescatable. Esta nueva regla entra en vigor a partir del 1 de enero de 2025, y es el único supuesto de rescate que se puede realizar de forma más o menos automática, ya que no requiere la aportación de documentación específica para probar la excepción, como es el caso de los otros supuestos mencionados.

¿Cómo se puede rescatar un fondo de pensiones?

Existen cuatro posibilidades a la hora de rescatar los fondos:

El texto anterior es el que vas a encontrar en cualquier lugar explicando las opciones que el beneficiario tiene para disponer del dinero. Sin embargo, cuando estudias las opciones que tienes para retirar el dinero de un fondo de pensiones de empresa en Estados Unidos, habitualmente te muestran solo dos casos: retirar el dinero en uno o varios lumpsums o en forma de un annuity. El lumpsum es una disposición. Retiras todo o parte del capital. Un annuity es una cantidad garantizada que recibes cada año, en general, de forma vitalicia. Pues yo me atrevería a argumentar que las reglas de España son, al final, básicamente las mismas. Veamos:

Impuestos a pagar en origen

Como expatriado en Estados Unidos, en este caso, NO PAGAS IMPUESTOS EN ESPAÑA. 

Me encanta poder dar mensajes sencillos y definitivos como este. En muchos otros apartados no puedo hacerlo, porque las reglas son complejas o nos las complican más de lo que sería necesario. En cualquier caso, puede que el lector quiera tener pruebas de la afirmación anterior, así que para el que esté interesado añado a continuación los detalles.

Según el CDI (Convenio para evitar la Doble Imposición) entre Estados Unidos y España, las pensiones y fondos de pensiones que el expatriado que reside en Estados Unidos tenga en España tributan de esta forma:

a) Las pensiones y otras remuneraciones similares obtenidas por un residente de un Estado contratante que sea su beneficiario efectivo, por razón de un empleo anterior, sólo pueden someterse a imposición en ese Estado, y

b) Los beneficios de la Seguridad Social pagados por un Estado contratante a un residente del otro Estado contratante o a un ciudadano de los Estados Unidos pueden someterse a imposición en el Estado mencionado en primer lugar.

Es decir:

Para mayor información puedes consultar el artículo referente al Convenio Estados Unidos – España. Si tu país de origen es diferente a España, comprueba si existe un CDI. Por lo que he visto EE.UU. tiene acuerdos con Méjico, Venezuela, Portugal, Jamaica, entre otros. Como he comentado anteriormente muchos de estos Convenios parten del estándar definido por la OCDE y tiene, por tanto, muchas reglas en común.

Impuestos a pagar en Estados Unidos

Como residente en Estados Unidos tienes que declarar todas tus rentas obtenidas en cualquier país del mundo, y además tributas por ellas salvo las excepciones definidas en el CDI. Como los planes de pensiones son pre-tax, no has pagado todavía impuesto de la renta por ellos. Así que cuando rescates el fondo español vas a tener que pagar Income Tax al IRS.

Determinados fondos de pensiones, como los Roth IRA y los Roth 401k, están exentos de pagar impuesto de la renta en el momento de retirar fondos, pero solo porque estos productos no te permitieron aplicar deducciones cuando hiciste las contribuciones a dichos fondos. Dicho de otra forma, en los fondos Roth ya pagaste impuesto de la renta inicialmente. Algunos países tienen fondos de este tipo. Por ejemplo, hay referencias de fondos similares como son las Riester pension en Alemania, los Livret A en Francia, los Lifetime ISA en Reino Unido, los Pillar 3a en Suiza o los Individual Savings Accounts (ISAs) en Irlanda. Es posible que el IRS te permita aplicar en esos casos reglas similares a las que aplican para los Roth americanos y, por tanto, no tengas que pagar impuesto de la renta. Sin embargo, en España, y en muchos otros países, no existen este tipo de fondos de pensiones. Así que me reafirmo en que con toda probabilidad tu fondo de pensiones español va a tener que pagar impuesto de la renta al IRS.

Adicionalmente el IRS establece una penalización adicional del 10% cuando se retiran fondos de este tipo de productos financieros antes de cumplir los 59 años y medio de edad. Si quieres evitar la penalización tienes dos opciones: la primera y obvia es esperar a cumplir la edad marcada, y la segunda es intentar aplicar alguna de las excepciones que el IRS permite, como reintegros con el objeto de pagar gastos médicos, gastos educativos, por fallecimiento o si haces una transferencia a otro fondo de naturaleza similar (rollover) en menos de 60 días. Además, como hemos visto, la nueva versión del Convenio bilateral de 2019 clarifica que las rentas procedentes de este tipo de fondos pueden someterse a imposición como renta de esa persona física únicamente cuando se paguen o beneficien a esa persona física desde el fondo de pensiones y no cuando simplemente se transfieran a otro fondo de pensiones. Así que en el caso de rollover no pagarías impuestos ni penalización.

Nota: tengo pendiente una conversación con el IRS para intentar confirmar este último punto.

¿Qué haría yo?

Si llevas unos años en Estados Unidos es posible que hayas visto crecer tu 401k, IRA o algún otro fondo similar. El resultado no tiene nada que ver con los pírricos rendimientos que se obtienen en los ultraregulados fondos de pensiones de empresa en España. Al menos esa ha sido mi experiencia. Por este motivo lo que yo haría es aprovechar el nuevo supuesto de liquidez que estará en vigor el 1 de enero de 2025. Después de esa fecha podrías vender los fondos de pensiones en España, transferirlos a Estados Unidos, y hacer un rollover a tu IRA personal (o el de tu cónyuge para los fondos de esa naturaleza que pudiese tener) en menos de 60 días. Si todos los puntos expuestos anteriormente son correctos (y ya he comentado que hay algunas comprobaciones adicionales que quiero hacer), en ese caso no pagarías impuestos ni penalizaciones en España, ni tampoco en Estados Unidos. Obviamente estarías pendiente de pagar Income Tax en Estados Unidos cuando, en su momento, comiences a hacer reintegros del IRA.